martes, 25 de octubre de 2011

Econometria: Modelo Poisson

EL MODELO DE POISSON
1)      Otro tipo de variable dependiente no negativa  es una variable de recuento, o de cuenta que puede adoptar valores enteros no negativos: (0,1,2,3,4.. )
2)      Existen muchos fenómenos en la que la variable regresada( o variable dependiente) es del tipo de cuenta; por ejemplo:
Ø  El numero de vacaciones tomadas por una familia durante un año
Ø  El número de hijos que ha tenido una mujer
Ø  El número de visitas a un dentista o a un doctor durante un año
Ø  El numero de vistas al museo durante un año
Ø  El número de infracciones que ha tenido un automovilista durante un año
Ø  El número de veces que exporta un empresario durante un año
3)      ¿Cómo se hacen los modelos para estos fenómenos?
4)      La distribución de probabilidad que resulta adecuado para los datos de cuenta es la distribución de probabilidad de Poisson

Econometria: Modelo CUSUM

MODELO CUSUM
Prueba de estabilidad basado en el método de mínimos cuadrados recursivos
1)      Otra alternativa para analizar la estabilidad del modelo es la estimación recursiva.
2)      Esta técnica es adecuada cuando trabajamos con datos temporales y se desconoce el momento en que se ha producido un cambio estructural
3)      La estimación recursiva consiste en la estimación secuencial del modelo especificado para distintos tamaños muestrales. Así, si el numero de parámetros es k la primera muestra utilizada para estimarlo seria de k+1,y en las posterior se irían añadiendo una a una todas las observaciones hasta llegar al total de datos
4)      De este modo, con las sucesivas estimaciones, generamos las series de los llamados coeficiente recursivos y residuos recursivos
5)      La idea que subyace en este tipo de estimación es que si no hay cambio estructural las estimaciones de los parámetros se mantendrán contantes al ir aumentando la muestra secuencialmente y los residuos no se desviaran ampliamente de cero.
Coeficientes recursivos

Econometria: Modelo de Koyck

EL MODELO DE KOYCK
El modelo de expectativas adaptativas
1) Supongamos que tenemos el modelo:
 Yt = B0 + B1 Xt*  +ut
                donde: 
Yt :  demanda de dinero;
                 Xt*: tasa de interés esperado, normal, o  de largo plazo
2) La variable de expectativa:  Xt*  no es directamente observable
3) Por lo cual se propone la siguiente hipótesis que describe como se forma las expectativas:
                Xt* -  X*t-1 = θ ( Xt – X*t-1 ); donde 0< θ≤1
4) La hipótesis implica que los agentes económicos adaptaran sus expectativas a la luz de la experiencia pasada, es decir aprenderán de sus errores

domingo, 23 de octubre de 2011

Econometria: Modelo de Probabilidad Lineal

EModelo de probabilidad lineal
Donde se quiere explicar el comportamiento, mejor dicho la probabilidad de admisión a un programa de post grado con base en las calificaciones cuantitativas y verbales del GRE  (se desea estimar la probabilidad de que un aspirante a un programa de post grado sea admitido con base a las calificaciones cuantitativas y verbales del GRE) con ello se dispone de información para cada uno de los 13 estudiantes, las calificaciones del examen de actitud GRE y el resultado de ser o no ser admitido al programa de post grado
Yi = B1 + B2Xi + ui
El valor esperado condicional de Y dado Xi representa la probabilidad de ocurrencia del evento, para el presente caso:
 Y = 1 si el estudiante es admitido al programa de post grado
 Y = 0 De lo contrario
E (Yi/Xi) = B1 + B2Xi  la probabilidad de que el alumno sea admitido a la escuela de post grado
En un modelo de probabilidad lineal se presentara los siguientes problemas:
1.       No normalidad de las perturbaciones ui; ui al igual Yi sigue distribución Bernuli (por qué Y puede tomar 2 únicos valores 1 o 0).

sábado, 22 de octubre de 2011

Econometria: Modelo ANOVA y Modelo ANCOVA

MODELOS ANOVA Y MODELOS ANCOVA
Modelos ANOVA
1) Cuando un modelo de regresión contiene como variables explicativas exclusivamente variables dicótomas se denomina modelos ANOVA (Modelos De Análisis De Varianza)
2) Los modelos ANOVA se utilizan para evaluar la significancia estadística de la relación entre una regresada cuantitativa y regresoras cualitativas o dicótomas. Frecuentemente se utilizan  para comparar las diferencias entre los valores medios de dos o más grupos o categorías
Ejemplo: Modelo ANOVA

miércoles, 19 de octubre de 2011

Integracion Economica: Aduanas

ADUANAS


·         Aranceles

·         Importación de mercancías

·         Incentivos Migratorios

·         Nomenclatura Arancelaria



a)      ARANCELES

La NANDINA constituye la Nomenclatura Arancelaria Común de la Comunidad Andina y está basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. Comprende las partidas, subpartidas correspondientes, Notas de Sección, de Capítulo y de Subpartidas, Notas Complementarias, así como las Reglas Generales para su interpretación. Compuesto de ocho (8) dígitos.

Los Países Miembros no podrán introducir en sus aranceles nacionales disposiciones que modifiquen el alcance de las Notas Legales de Sección, Capítulo o Subpartidas, de las Notas subregionales Complementarias, de los textos de partida o subpartida, ni de las Reglas Generales de interpretación de la nomenclatura.

El Arancel de Aduanas del Perú ha sido elaborado en base a la Nomenclatura Común de los Países Miembros de la Comunidad Andina (NANDINA), con la inclusión de subpartidas adicionales de conformidad a la facultad otorgada por el Artículo 4º de la Decisión 249 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La NANDINA esta basada en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías en su Versión Única en Español, que tiene incorporada la Cuarta Recomendación de Enmienda del Sistema Armonizado.

Los desdoblamientos se han realizado agregando dos cifras al Código numérico de la NANDINA, por lo que ningún producto se podrá identificar en el Arancel de Aduanas sin que sean mencionadas las diez cifras; denominándose SUBPARTIDA NACIONAL.









La SUBPARTIDA NACIONAL presenta la siguiente estructura:

DIGITOS
DENOMINACION
1° 2°
3° 4°
5° 6°
7° 8°
9° 10°
1° 2°
Capítulo
1° 2°
3º 4°
Partida del Sistema Armonizado
1° 2°
3º 4°
5° 6°
Subpartida del Sistema Armonizado
1° 2°
3º 4°
5° 6°
7° 8°
Subpartida NANDINA
1° 2°
3º 4°
5° 6°
7° 8°
9° 10°
Subpartida nacional

En aquellos casos en que no ha sido necesario desdoblar la Subpartida Subregional –NANDINA- se han agregado ceros para completar e identificar la Subpartida Nacional del Arancel de Aduanas.

Cuando una subpartida nacional le precede guiones responderá al nivel de desdoblamiento correspondiente a la Subpartida del Sistema Armonizado y de la Subpartida Subregional-NANDINA.

Las Notas Explicativas y el Índice de Criterios de Clasificación aprobadas por la Organización Mundial de Aduanas (OMA) se utilizará como elementos auxiliares relativos a la interpretación y aplicación uniforme de los textos de partida y subpartida, Notas de Sección, Capítulos y subpartidas del Sistema Armonizado.

El Arancel de Aduanas del Perú presenta tabulado en cuatro columnas que corresponde a:

1.- Código de Subpartida nacional

2.- Descripción de la mercancía

3.- Derecho de Aduana- Ad Valorem

4.- Derecho arancelario adicional – Ad Valorem (Decreto Supremo Nº 035-97-EF)

Los derechos de Aduana y los derechos arancelarios adicionales han sido expresados en porcentaje, que se aplicará sobre el valor imponible.

En cuanto a la aplicación de los derechos correspondientes a compromisos internacionales suscritos por el Perú, deberá consultarse las disposiciones legales y administrativas dictadas para cada una de ellos.

ACUERDOS Y CONVENIOS COMERCIALES INTERNACIONALES SUSCRITOS POR EL PERU

Comunidad Andina de Naciones (CA)


Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI)






DERECHOS ESPECÍFICOS


TRATAMIENTO ARANCELARIO POR SUBPARTIDA NACIONAL

Ingresando los datos solicitados obtendrá la información concerniente al tratamiento arancelario que recibe la mercancía, los cuales corresponden a las medidas económicas, fiscales o de diversa índole que adopta el Gobierno Central para determinado bien. Podrá visualizar los tributos, requisitos, prohibiciones, restricciones o los tratados y convenios a los que se sujeta la mercancía para su nacionalización, así como los requisitos, restricciones o prohibiciones para su exportación.



También es posible consultar las Notas Explicativas del Sistema Armonizado, el Indice de Criterios para la Clasificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas, así como el Indice Nacional de Criterios compuesto por una recopilación de las Resoluciones de Intendencia que le dan un carácter legal en el Perú a las clasificaciones efectuadas por la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, las mismas que son de aplicación obligatoria para todas las Intendencias de Aduana de la República.

La clasificación arancelaria oficial es otorgada solamente por la Superintendencia Nacional de Aduanas en el territorio nacional. Asi mismo toda clasificación arancelaria debe ser realizada por un especialista en el tema.

Las correlaciones que muestran los detalles de la subpartida nacional son UNICAMENTE REFERENCIALES y se denominan TEÓRICAS, pues obedecen a un criterio propio para su obtención, las mismas que ofrecerán tan solo una gama de posibilidades para la clasificación de la mercancía.

Los productos que se presentan asociados a determinada subpartida nacional con alguna restricción o prohibición tienen el carácter de REFERENCIAL, debiéndose remitir a las normas que originan la restricción o prohibición del bien.

b)      IMPORTACIONES

Sobre Importación para el consumo

Es el régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago o garantía, según corresponda, de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos y multas que hubieren y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras.


Es el régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías al territorio aduanero para su consumo, luego del pago o garantía, según corresponda, de los derechos arancelarios y demás impuestos aplicables, así como el pago de los recargos y multas que hubieren y del cumplimiento de las formalidades y otras obligaciones aduaneras.




c)       INCENTIVOS MIGRATORIOS

La LEY DE INCENTIVOS MIGRATORIOS, tiene como finalidad promover el retorno de los peruanos del extranjero para dedicarse a actividades profesionales y/o empresariales, estableciendo incentivos y acciones que propicien su regreso para contribuir a generar empleo productivo y mayor recaudación tributaria, tales como el ingreso liberado del pago de todo tributo de sus bienes al país.

Pueden acogerse a los incentivos migratorios, las personas de nacionalidad peruana que hayan permanecido en el extranjero no menos de cinco (05) años y que retornen para establecerse en el país por un tiempo no menor a cinco (05) años, y dedicarse a actividades profesionales, oficio y/o empresariales.

Los beneficiarios de los incentivos migratorios, deberán contribuir a generar empleo productivo y a una mayor recaudación tributaria. Pueden también acogerse a esta norma aquellos que vienen a trabajar como dependientes de un empleador siempre que demuestren que para el ejercicio de la actividad a desarrollar generarán empleo.

BENEFICIOS

Las personas que se acogen a esta Ley y cumplan con los requisitos establecidos, podrán internar al país liberado del pago de todo tributo su menaje de casa, un vehículo y sus instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital nuevo o usado que se utilizaran en el proyecto a desarrollar.

PLAZO

Mediante la Ley N° 29508, se prorroga la vigencia de la Ley N° 28182 hasta el 13.03.2013.

Bienes que se encuentran liberados del pago de tributos

• Menaje de casa, cuyo valor total no podrá exceder de US$ 30,000; correspondiéndole a la SUNAT efectuar su valorización. El menaje de casa está referido a los bienes señalados en al artículo 24° del Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2006-EF:

-
Muebles en general.
-
Mantelería y ropa de cama.
-
Cristalería, vajilla, cubiertos y demás servicios de mesa.
-
Artículos de cocina y repostería.
-
Artículos de decoración del hogar incluyendo pinturas originales o copias.
-
Artículos para limpieza y usos análogos en el hogar.
-
Herramientas domésticas.
-
Artículos eléctricos de uso doméstico, uno (1) de cada tipo.
-
Libros, uno (1) por título.
-
Tres (3) alfombras o tapices.
-
Un (1) teléfono de abonado.
-
Aparatos de televisión.
-
Aparatos de reproducción de música.
-
Aparatos de reproducción de discos digitales de vídeo.
-
Una (1) computadora personal y sus periféricos.
-
Un (1) aparato facsímil.
-
Un (1) aparato o equipo de gimnasio.
-
Un (1) aparato de vídeo juego electrónico doméstico portátil.
-
Cien (100) unidades en conjunto de discos fonográficos, discos compactos, discos de vídeo digitales, cintas magnetofónicas, casetes y videocasetes usados.
-
-Bicicletas.
-
Juguetes.
-
Otros bienes de uso y consumo en el hogar.

Los bienes que excedan de los US$ 30,000 deberán nacionalizarse cancelando el íntegro de los tributos que le correspondan.


• Un vehículo automotor nuevo o usado, siempre que cumpla con los requisitos señalados en el reglamento de la Ley de Incentivos Migratorios. El valor total del vehículo automotor no deberá exceder de US$ 30,000 (costo, seguro y flete), aplicando para el efecto la SUNAT los métodos de valoración establecidos en la legislación vigente en cuanto corresponda. El vehículo automotor no deberá tener más de dos mil centímetros cúbicos de cilindrada (2000 c.c.), y los vehículos usados no deberá exceder de 80,000 kilómetros de recorrido, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 042-2006-MTC, y su antigüedad no deberá ser mayor a cinco (05) años contados a partir del año de su fabricación en el caso de ser vehículos usados gasolineros; en el caso de vehículos con motor de encendido por compresión (diesel y otros) sólo se pueden acoger al beneficio los vehículos nuevos, toda vez que se encuentra prohibida la importación de vehículos de este tipo usados.
La importación de los vehículos se encuentra sujeta a las restricciones y prohibiciones vigentes, así como a los requisitos de calidad.

• Instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital nuevos o usados, en buen estado de funcionamiento, los cuales deberán estar vinculados directamente al ejercicio de la profesión, oficio y/o actividad empresarial, según lo declarado en el proyecto. El valor total de los bienes señalados no deberá exceder de US$ 100,000, aplicándose para la valoración las normas vigentes al momento de la importación de los mismos. Los bienes que exceden de los US$ 100,000 deberán nacionalizarse cancelando el íntegro de los tributos que le correspondan. Es importante señalar que no se consideran instrumentos profesionales, maquinarias, equipos ni bienes de capital los vehículos automotores, repuestos, partes y autopartes de vehículos.

Oportunidad para la presentación de la Solicitud de incentivos migratorios

El solicitante una vez que retorne al Perú tiene cuatro (04) meses para presentar su solicitud de acogimiento a los beneficios, debiendo tener en cuenta que el trámite de calificación y evaluación de la documentación presentada hasta la culminación del mismo con la expedición de la Resolución de otorgamiento del beneficio tributario puede ser de hasta treinta (30) días hábiles si cuenta con toda la documentación en regla y no se ha emitido notificación de requerimiento de información. Ver Anexo N° 1

La Resolución caduca a los seis (06) meses computados desde la fecha de la notificación de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas que declara procedente la solicitud de acogimiento a la ley de incentivos migratorios, por lo que los bienes deberán llegar dentro de dicho plazo.

El pedido para acogerse al beneficio tributario para el menaje de casa, maquinaria, equipos y vehículo automotor debe efectuarse en una sola Solicitud y en la misma oportunidad; sin embargo se podrá nacionalizar en forma parcial dentro de los seis (06) meses contados a partir de la fecha de notificación de la Resolución de otorgamiento del beneficio. Dicha solicitud deberá ser presentada ante la SUNAT en el local ubicado en Av. Gamarra N° 680, Chucuito, Callao.

Se recomienda iniciar el trámite para acogerse a los beneficios de la Ley de Incentivos Migratorios antes del embarque de los bienes a destino, a efecto de no incurrir en costos de almacenaje.



Para gestionar la Resolución Liberatoria correspondiente no se requiere que el beneficiario cuente con el Registro Único del Contribuyente – RUC, pero sí se le va exigir el RUC al momento de nacionalizar las mercancías.
La normatividad vigente establece los siguientes requisitos:
· Copia simple del Documento de Identidad Nacional (DNI) vigente.
· Presentación del movimiento migratorio que acredite su permanencia no menos de cinco (05) años en el extranjero (Certificado de Movimiento Migratorio que deberá obtener en la Dirección General de Migraciones en el Perú – Ministerio del Interior), en el que deberá constar la fecha de regreso al país y que no ha tenido ingresos al Perú por tiempo mayor a noventa (90) días consecutivos o alternados por cada año calendario anterior a la fecha de presentación de la solicitud. En caso de tener más de una nacionalidad, presentar los certificados de movimiento migratorio correspondiente a cada nacionalidad.
Quienes hubieran salido del país antes del 1994 y no hayan tenido ingresos o salidas después de esa fecha deberán solicitar además ante el Archivo General de la Nación su reporte de movimientos migratorios.
· Declaración Jurada suscrita ante la oficina consular peruana del país de residencia, manifestando su decisión de residir en el Perú por un plazo no menor de cinco (05) años, desarrollando actividades permanentes en el país y acogerse a los beneficios de la Ley de Incentivos Migratorios – Ley N° 28182, debiendo legalizarse la firma del Cónsul de dicha declaración jurada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Ver Anexo N° 2.
Para efectos de contabilizar los cinco (05) años de permanencia en el Perú, no se consideran como salidas del país las menores a treinta (30) días consecutivos o sesenta (60) días alternados por año calendario computado a partir de la fecha de otorgamiento del beneficio.
· Copia simple del título profesional, de ser el caso, para los que ejercerán actividades profesionales.
· Declaración Jurada de ser propietario de los instrumentos profesionales, maquinarias, equipos, bienes de capital y que están vinculados directamente al desarrollo de la actividad empresarial y/o profesión del Proyecto presentado, así como de los bienes que constituyan su menaje de casa y compromiso de no transferir a terceros los bienes sujetos al beneficio antes de los cinco (05) años. Ver Anexo N° 1.
En virtud del compromiso de no transferir los bienes ingresados al país liberados de impuestos, no se podrá aportar como bienes de capital a ninguna empresa incluyendo la que constituirá el beneficiario.
· Documentación sustentatoria, de ser el caso, del valor de los bienes que acreditarán el beneficio, de acuerdo a las normas de valoración vigente, tales como, facturas, contratos de venta, entre otros.

  • El proyecto de la actividad profesional, oficio y/o empresarial a desarrollar, con indicación expresa del uso que se dará a los bienes que desea ingresar con el beneficio. Dicho proyecto deberá sustentar adecuadamente la actividad a desarrollar indicando además la fecha probable del inicio de la actividad económica, ubicación geográfica de la empresa o negocio, señalar si el local es propio o alquilado, área del local, número de personas con las que iniciará sus actividades y sus respectivas funciones, monto aproximado de la inversión (bienes del extranjero y bienes que se adquirirán en el Perú), equipos que utilizará, etc. Ver Anexo N° 3.
  • Documento que acredite la propiedad del vehículo automotor (factura, contrato de compra venta, recibo de venta, Certificado de propiedad, etc.
  • Relación detallada de su menaje de casa indicando la cantidad por cada uno de los bienes y sus valores en dólares de los Estados Unidos de América.
  • Relación detallada de sus instrumentos profesionales, maquinarias, equipos y bienes de capital indicando la cantidad por cada uno de los bienes y sus valores en dólares de los Estados Unidos de América.

Asimismo, se deberá presentar artículos de revistas especializadas en la materia, informes técnicos, catálogos u otra información de los instrumentos profesionales, maquinarias, equipos y bienes de capital para determinar la vinculación de dichos bienes con el proyecto de la actividad profesional, oficio o empresarial que se desarrollará en el Perú.

Clasificación Arancelaria

¿Qué información preliminar es necesaria para determinar los tributos a los que estaría afecto la importación de una mercancía?
Antes de todo, se necesita saber cuál es la subpartida nacional (código de 10 cifras) del producto a importar y así poder ubicarlo en el Arancel de Aduanas vigente aprobado con DS 017-2007-EF.

¿Es lo mismo decir “partida arancelaria” que “subpartida nacional”?,
Lo apropiado y legal es decir “subpartida nacional”.

¿Por qué es necesario contar con la subpartida nacional para realizar la importación de mercancías?
Es necesario, porque con este código puedo saber cuáles son los tributos a pagar por el ingreso al país de una mercancía, además de esta manera puedo saber si el producto cuenta con alguna restricción, o con algún beneficio arancelario. Asimismo, este dato es exigible en la declaración de aduanas que se presente ante SUNAT.

¿Cómo puedo saber cuál es la subpartida nacional de la mercancía a importar?
La determinación de la subpartida nacional de una mercancía, se obtiene a través de un proceso que se denomina “Clasificación Arancelaria”, por tanto, es necesario saber con precisión las especificaciones técnicas de la mercancía a clasificar, es decir:

  1. Nombre comercial y técnico
  2. Características relevantes que identifiquen a la mercancía
  3. Componentes
  4. Uso y aplicaciones
  5. Información gráfica
  6. Forma de presentación

Partiendo de esta información, se pueden utilizar las siguientes modalidades para obtener la clasificación arancelaria de una mercancía (subpartida nacional)

  1. MÓDULO DE ATENCIÓN: En el local ubicado en la Av. Gamarra 680, Chucuito – Callao, donde podrá ser atendido por el personal de la INTA (Módulo INTA).
  2. SOLICITUD DE CLASIFICACION: De tener dificultad en la clasificación arancelaria o si se requiere una respuesta oficial de la Administración Tributaria de observancia obligatoria por las aduanas a nivel nacional, dicha gestión se efectúa mediante el formulario denominado “Solicitud de Clasificación Arancelaria de Mercancías”, el cual puede ubicarlo en la siguiente dirección:

  1. TRATAMIENTO ARANCELARIO. Otra forma de determinar la subpartida nacional de una mercancía, es a través del Portal SUNAT. Tomando como base el nombre del producto ingrese el mismo en la casilla DESCRIPCION, a través de la siguiente dirección http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias, luego haga clic en Consultar y compruebe si existe respuesta, de ser positivo compare lo descrito con las características de su producto.
  2. CONSULTA DE RESOLUCIONES. Esta opción le brindara información actualizada de las Resoluciones de clasificación arancelaria de mercancías, emitidas por la Administración Tributaria, para lo cual debe ingresar a la siguiente dirección: http://www.aduanet.gob.pe/ol-ad-caInter/regclasInterS01Alias. En la ventana “Buscar por” seleccione la opción “Descripción”, e ingrese el texto del producto a clasificar en el espacio que indica <Mínimo tres dígitos> y haga clic en el botón Buscar, compruebe si existe una respuesta, y de ser positivo compare lo descrito con las características de su producto.
  3. PRODUCTO QUIMICO: Si el producto es una sustancia química, es probable que pueda hallarlo en la siguiente dirección http://www.aduanet.gob.pe/orientacAduana/index.html, ubíquelo en el primer cuadro (frame) de la derecha, en el punto tres, haga clic y proceda abrir el archivo “índice.xls”
  4. CONSULTA ELECTRONICA: A través del portalingrese a la siguiente dirección: http://www.aduanet.gob.pe/consultas/index.html, llene los datos indicados y realice la consulta, la respuesta será remitida a su correo electrónico.

NOTA: La Clasificación arancelaria efectuada a través de estas modalidades es referencial, no teniendo efectos legales ante la Administración Tributaria, salvo la obtenida mediante Resoluciones de Clasificación Arancelaria (INTA) a través de SOLICITUD DE CLASIFICACION.


Si ya se tiene la Clasificación Arancelaria de un producto (subpartida nacional), ¿Cómo obtener información acerca de los tributos a los que estaría afecto la importación de la mercancía? TRATAMIENTO ARANCELARIO.


Utilizando los recursos que nos ofrece la informática en nuestro Portal. Tomando como base la subpartida nacional, ingresar a la siguiente dirección:
http://www.aduanet.gob.pe/itarancel/arancelS01Alias. En el casillero que corresponde a CODIGO, ingresar la subpartida nacional (sin considerar los puntos),luego haga clic en Consultar, y mostrará una pantalla con la relación de tributos para dicha subpartida, así como las restricciones a las que estuviere sujeto el producto, acuerdos comerciales, etc.
Seis (6) botones que direccionarán a:

  1. Correlaciones (Comparación teórica con otras nomenclaturas)
  2. Convenios (Tratamientos tributarios y comerciales con otros países)
  3. Restricciones (Si necesitan algún tipo de control)
  4. Descripciones mínimas (Datos mínimos que debe contener la información ante Aduanas)
  5. Índice de criterios (Listado de clasificaciones realizadas en nuestro país así como en la Organización Mundial de Aduanas.
  6. Resoluciones de clasificación (Publicación de las Resoluciones de Clasificación a la fecha).

¿En que se sustenta una clasificación arancelaria?
El proceso de clasificación arancelaria consiste en determinar la subpartida nacional para un producto (código a 10 dígitos) dentro de una nomenclatura (lista de mercancías ordenada), y esta nomenclatura se basa en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) a nivel internacional (seis cifras), la cual que ha sido adoptado por los países miembros de la Comunidad Andina de las Naciones (CAN) que tiene carácter regional (ocho cifras), y que el Perú como miembro de la CAN lo adopta en nuestro arancel de Aduanas (diez cifras).
Esta Nomenclatura cuenta con Reglas Generales de Interpretación (RGI) que contiene los principios que rige la clasificación de la mercancía.
En consecuencia el sustento de una clasificación Arancelaria se basa en dos elementos:


Identificación de la mercancía
Aplicación de la RGI



ORIENTACIÓN ADUANERA

Operatividad Aduanera

INFORMACIÓN EN LÍNEA


·   Una DUA


·   Una Aduana





·   Tasas externas - SENASA






·         Comunidad Operador

·         Un Exportador

·         Un Importador

·         Una Partida (Movimiento)

·         Una Partida (Arancel)


·         Un Fraccionamiento




TRABAJO EN LÍNEA











·         Exporta Fácil


·         Comunicados Aduaneros

·         Contingentes Arancelarios

DESPACHO






·   Terminales


Envíos






·   Archivos E

Manifiestos




Tránsito Aduanero Internacional




Régimenes, Operaciones y Destinos Especiales

·         Importación Definitiva - ID


·         Exportación Definitiva - ED

·         Exportación Temporal - ET

·         ET - para Reimportación


·         Depósito

·         Reembarque


·         Reposición de mercancías

·         Boletín Químico

·         Solicitudes IDV

·         Trámite Documentario

·         IDVs transmitidos

·         Revisa 1 trasnmitidos







Por sus condiciones naturales

  • Ausencia de lluvias
  • Bahía protegida de vientos y oleaje. Vientos máximos de 8 nudos
  • Fácil acceso a naves.
  • Fácil acceso reduce costos de practicaje y remolcaje.
  • Sin mareas pronunciadas, congelamientos u otros inconvenientes naturales.
    Estas condiciones le permiten atender en forma ininterrumpida los 365 días del año, 24 horas al día.

Por sus tarifas competitivas

Por la eficiencia en los servicios: El marco legal garantiza la participación de empresas privadas, en un marco de libre competencia, que ha incrementado significativamente la oferta y eficiencia en los siguientes servicios:

Practicaje: Catorce compañías, con prácticos debidamente autorizados por la Autoridad Portuaria

Remolcaje: Seis compañías: ENAPU S.A. y cinco compañías privadas (SERTEMAR, INVERSA, TRAMARSA, TRANSOCEÁNICA, IAN TAYLOR e INMARSA)

Almacenamiento y servicios conexos: Manipuleo, transferencia, movilización de contenedor para consolidación/ desconsolidación, etc.

Por la seguridad portuaria: La aplicación de tecnología de última generación y personal altamente calificado ha permitido revertir una situación de inseguridad existente hasta hace algunos años y convertir al Callao en uno de los puertos más seguros de América Latina y acorde a los estándares del código ISPS.

PROCEDIMIENTOS Y NORMATIVIDAD

Código
Procedimiento
INTA-PG.02
Exportación Definitiva
INTA-PE.02.01
Despacho Simplificado de Exportación
INTA-PE.02.02
Retorno de Mercancías
INTA-PG.03
Depósito Aduanero
INTA-PG.04
Admisión Temporal para Reexportación en el Mismo Estado
INTA-PG.05
Exportación Temporal para Reimportación en el Mismo Estado
INTA-PG.06
Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo
INTA-PG.07
Drawback
INTA-PG.08
Tránsito Aduanero
INTA-PG.09
Manifiesto de Carga
INTA-PE.09.01
Rectificación de Errores de Manifiesto
INTA-PE.09.02
Devolución de Bultos Sobrantes y Desembarcados por Error
INTA-PG.10
Reposición de Mercancías en Franquicia Arancelaria
INTA-PG.11
Transbordo
INTA-PG.12
Reembarque
INTA-PG.13
Envíos o Paquetes Transportados por Concesionarios Postales
INTA-PG.14
Equipaje y Menaje
Control de ingreso y salida de dinero
INTA-PG.15
Destino Especial de Exposiciones o Ferias Internacionales
INTA-PG.16
Vehículos para Turismo
INTA-PG.17
Destino Especial de Tienda Libre (DUTY FREE)
INTA-PG.18
Rancho de Nave
INTA-PG.19
Destino Especial de Material para Uso Aeronáutico
INTA-PG.20
Material de Guerra
INTA-PG.21
Contenedores
INTA-PG.22
CETICOS: Ingreso/Salida de Vehículos
INTA-PG.23
ZOFRATACNA
INTA-PG.25
Mensajería Internacional
INTA-PG.26
Reimportación en el Mismo Estado
INTA-PE.00.01
Errores en la Factura Comercial
INTA-PE.00.02
Teledespacho
INTA-PE.00.04
Continuación Trámite de Despacho
INTA-PE.00.05
Suspensión de Plazo
INTA-PE.00.07
Legajamiento de la Declaración
INTA-PE.00.12
Aplicación de Medidas en Frontera
INTA-PE.01.01
Importación Simplificada
INTA-PE.01.02
Donaciones
INTA-PE.01.03
Beneficios Tributarios: Sector Agrario y Discapacitado
INTA-PE.01.04
Beneficio Tributario: Hidrocarburos
INTA-PE.01.05
Beneficio Tributario: Educación
INTA-PE.01.07
Rectificación Electrónica de la Declaración
INTA-PE.01.08
Aplicación de Tributos, Derechos Antidumping y Compensatorios
INTA-PE.01.13
Importación de Mercancías sujetas al D.S. N° 15-94-EF
INTA-PE.01.15
Exoneración del IGV e IPM a la Importación de Bienes para el Consumo en la Amazonía - Ley 27037
INTA-PE.22.02
Ingreso Salida de Vehículos
INTA-PE.23.01
Control Aduanero de equipajes y mercancías en la zona comercial de Tacna
INTA-IT.00.01
Acta de Separación de Mercancías
INTA-IT.00.04
Declaración Unica de Aduanas (DUA)
INTA-IT.00.03
Plan de contingencia de los regímenes no definitivos
INTA-IT.01.01
Plan de contingencia de importación definitiva
INTA-IT.01.02
Plan de contingencia de despacho simplificado de importación
INTA-IT.01.04
Plan de contingencia de mensajería internacional
INTA-IT.01.05
Plan de contingencia de envíos postales
INTA-IT.01.06
Plan de contingencia de control de pasajeros
INTA-IT.02.01
Plan de contingencia exportación definitiva
INTA-IT.02.01
Plan de contingencia exportación simplificada
INTA-IT.09.01
Plan de contingencia de manifiesto de carga
INTA-PE.00.06
Mercancías Restringidas y Prohibidas
INTA-PE.00.03
Reconocimiento Físico-Extracción y Análisis de Muestras
INTA-PE.01.06
Muestras
INTA-PE.00.09
Clasificación Arancelaria de Mercancías
INTA-PG.24
Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior
INTA-PE.01.09
Aplicación de Resoluciones Liberatorias
Ley de Incentivos Migratorios
INTA-PE.24.01
Carnés de Identificación del Personal de los Operadores de Comercio Exterior
INTA-PE.01.11
Aplicación de preferencias a la importación de mercancías de la Comunidad Andina de Naciones
INTA-PE.01.12
Aplicación de preferencias a la importación de mercancías de ALADI
INTA-PE.08.01
Tránsito de mercancías Arica-Tacna
INTA-PE.01.19
Aplicación de preferencias al amparo del APC PERU-EEUU
INTA-PE.01.18
Aplicación de Contingentes Arancelarios
INTA-PE.00.10
Control de Empresas Supervisoras
INTA-PE.01.10
Valoración de mercancías
INTA-PE.01.10a
Valoración de mercancías según el Acuerdo del Valor de la OMC
INTA-PE.01.14
Valoración de soportes informáticos importados con software
INTA-PE.01.16
Verificación de mercancías
INTA-IT.00.06
Informe de Verificación
INTA-IT.00.07
Modulo FIVE
INTA-IT.01.08
Valoración de Vehículos Usados
INTA-IT.01.09
Instructivo de consulta SIVEP
INTA-IT.01.10
Valoración de mercancías sensibles al fraude





ENAPU

La Empresa Nacional de Puertos ENAPU S.A., es una Sociedad Anónima constituida con arreglo al régimen de las Empresas Estatales de Derecho Privado, regulado por la Ley Nº 24948. Se creó como Organismo Público Descentralizado del Sector Transportes y Comunicaciones, mediante Decretos Leyes Nº 17526 y Nº 18027.

Su estatuto se formalizó mediante escritura pública, de fecha 30 de setiembre de 1981, extendida ante notario público del Callao, Dr. Oscar Vallejo Yáñez, el mismo que fue objeto de modificación mediante escritura pública de fecha 7 de octubre de 1992, extendida ante notario público del Callao Dr. Oscar Medelius Rodríguez.

La Sociedad corre inscrita en la ficha 2131 del Registro Mercantil del Callao.

Mediante Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 01 de Marzo de 2003, la Empresa Nacional de Puertos S.A. es el administrador que desarrolla actividades y servicios portuarios en los puertos de titularidad pública, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 098.

Misión: Atender la demanda de servicios portuarios a través de la administración, operación y mantenimiento de los Terminales Portuarios bajo su ámbito de manera eficaz, eficiente, confiable y oportuna para servir al desarrollo del comercio exterior y a la integración territorial.

Visión: La Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., al final del período 2009 es una Empresa en marcha, que en su calidad de administrador del dominio público portuario, lidera el transbordo de contenedores en la Costa Oeste del Pacífico Sur, y que en competencia y/o alianza con el sector privado brinda los servicios portuarios de atención a la carga y a las naves; cuenta para ello con una adecuada infraestructura portuaria, equipamiento moderno y con un recurso humano idóneo y bien entrenados.

Los puertos integrantes de la empresa, en momentos de su creación fueron:

  • En el norte: Cabo Blanco, Talara, Paita, Pacasmayo, Eten, Chicama, Salaverry, Chimbote, Besique, Casma y Huarmey.
  • En el centro: Supe, Huacho, Chancay, Callao y Cerro Azul.
  • En el sur: General San Martín, Matarani e Ilo.
  • En el oriente: Iquitos, Yurimaguas, Pucallpa y Puerto Maldonado.

NORMATIVAS DE LA EMPRESA

·         Ley de Puertos

·         Ley de Trabajador Portuario

·         Transparencia

·         Reglamento de Operaciones

·         Reglamento de Atención de Reclamos  y Procedimiento

·         Procedimiento Varios

·         Reglamentos de Accesos

·         Glosario de Términos

·         Directiva de Transparencia y Acceso

·         Política Ambiental

·         Normas Legales

·         Reglamento de Organización y Funciones

·         Cuadro de Asignación de Personal

·         Manual de Perfiles de Cargos

·         Modificación del Manual de Perfiles de Cargos

TERMINALES PORTUARIOS

·         Puertos De Atraque Directo

§  Terminal Portuario de Salaverry

§  Terminal Portuario de Chimbote

§  Terminal Portuario de Gral. San Martin

§  Terminal Portuario de Ilo

§  Muelle Perú – Arica

·         Puertos Lanchonaje

§  Terminal Portuario de Chicama

§  Terminal Portuario de Huacho

§  Terminal Portuario de Supe

·         Puertos Fluviales                           

§  Terminal Portuario de Iquitos

§  Terminal Portuario de Yurimaguas

§  Terminal Portuario Maldonado



ESTADÍSTICAS





 




POLÍTICAS COMERCIALES





VENTAJAS COMPARATIVAS

Puerto del Callao

El Callao es el puerto más importante del Perú y uno de los más importantes de Sudamérica. Desde épocas coloniales, este puerto fue el centro del comercio que se realizaba desde y hacia la Costa Oeste de Sudamérica.

Actualmente, siendo el Perú el país de América Latina que viene creciendo a las tasas más altas de una manera sostenida por más de 6 años y con Tratados de Libre Comercio a punto de implementarse con las principales economías del mundo, el puerto del Callao adquiere una mayor trascendencia para el comercio internacional en la región.

Ventajas Competitivas

1. Ubicación Geográfica
Puerto natural de Lima, la capital del Perú, la cual está ubicada a 15 km. de distancia, concentra una población de más de 10 millones de habitantes y constituye el centro del movimiento económico e industrial del país.

Por su ubicación en el centro de la costa occidental sudamericana, el Callao es la puerta de acceso principal a Sudamérica para los países integrantes del APEC.

Volumen de carga movilizada

  • Más del 50% de la carga marítima del Perú.
  • Más del 50% de la carga de comercio exterior del Perú.
  • Más de 22 millones de TM al año.
  • Más de 1.1 milllones de TEU's al año.

Vías de comunicación que amplían su red de influencia.

Carreteras:
El Callao se encuentra enlazado con el Norte y Sur del país mediante la carretera Panamericana, y con el centro mediante la carretera central, que penetra hacia los Andes y llega hasta la Selva Amazónica.

Aeropuerto:
El Terminal Portuario del Callao se encuentra a pocos kilómetros del Aeropuerto Internacional Jorge Chavez, principal Aeropuerto del Perú.

Ferrocaril:
El ferrocarril Central enlaza al Callao con la Sierra Central, una de las principales zonas mineras del Perú.

Por sus condiciones naturales

  • Ausencia de lluvias
  • Bahía protegida de vientos y oleaje. Vientos máximos de 8 nudos
  • Fácil acceso a naves.
  • Fácil acceso reduce costos de practicaje y remolcaje.
  • Sin mareas pronunciadas, congelamientos u otros inconvenientes naturales.
    Estas condiciones le permiten atender en forma ininterrumpida los 365 días del año, 24 horas al día.

Por sus tarifas competitivas

Por la eficiencia en los servicios

El marco legal garantiza la participación de empresas privadas, en un marco de libre competencia, que ha incrementado significativamente la oferta y eficiencia en los siguientes servicios:

·         Practicaje
Catorce compañías, con prácticos debidamente autorizados por la Autoridad Portuaria

·         Remolcaje
Seis compañías: ENAPU S.A. y cinco compañías privadas (SERTEMAR, INVERSA, TRAMARSA, TRANSOCEÁNICA, IAN TAYLOR e INMARSA)

·         Almacenamiento y servicios conexos
Manipuleo, transferencia, movilización de contenedor para consolidación/ desconsolidación, etc.

Por la seguridad portuaria


La aplicación de tecnología de última generación y personal altamente calificado ha permitido revertir una situación de inseguridad existente hasta hace algunos años y convertir al Callao en uno de los puertos más seguros de América Latina y acorde a los estándares del código ISPS.